viernes, diciembre 04, 2015

¿SISTEMA PÚBLICO O SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES?

Por: Eduardo Jiménez J.
        ejimenez2107@gmail.com
        ejj39@hotmail.com
       @ejj2107


Generalmente el debate de la política pensionaria ha oscilado entre lo público y lo privado. Recordemos que el sistema privado de pensiones en nuestro país nació como una reacción a la pésima gestión del sistema público, donde distintos gobiernos, democráticos o autoritarios, se agenciaron de recursos disponiendo del ahorro producto de los descuentos pensionarios a miles de trabajadores, principalmente dependientes.

Frente a ello, y en el auge de la ola neoliberal de los años noventa, se instituyó el sistema privado de pensiones, copia directa del sistema que años atrás se había implementado en Chile. El sistema de aportes es similar al público: un ahorro forzoso, descontándose al trabajador una parte de su remuneración (alrededor del diez por ciento, sin contar comisiones a la empresa administradora). La diferencia con el sistema público se encuentra en la individualidad de los aportes, expresado en la tenencia por cada trabajador de una “cuenta individual de capitalización”, a la manera de una libreta de ahorros, donde se abonaría por “la rentabilidad” de sus aportes, más una comisión a favor de las administradoras precisamente por “administrar” el fondo jubilatorio.

No se pudo “matar” al sistema público, el cual quedó a cargo de una oficina descentralizada del estado (la ONP, Oficina de Normalización Previsional); sin embargo, todos los futuros trabajadores activos de aquella primera etapa fueron a pasar obligatoriamente al sistema privado, coartando la libre decisión del trabajador de decidir por el sistema público o privado. En respaldo de la tesis se argumentó que el sistema público estaba “quebrado”, pero en realidad lo que las nacientes AFPs requerían era una “masa crítica” de aportantes a fin que el sistema crezca y se consolide en el tiempo, por lo que se utilizó el subterfugio de la inviabilidad del sistema público.

Esta obligatoriedad se quiso aplicar a los trabajadores independientes –aunque tamizada con la opción de elegir entre el sistema público o el privado-, “reclutándolos” a una nueva AFP, lo cual originó protestas de este importante sector laboral, obligando al gobierno ha retroceder en la decisión.

Pero, de los trabajadores independientes me ocuparé más adelante. Vayamos a algunos aspectos criticables del sistema privado de pensiones, que ya cuenta con veinte años operando en nuestro país y se encuentra consolidado institucionalmente.

Algunos aspectos criticables del sistema se dirigen principalmente a los siguientes aspectos:

1. Pensiones de jubilación ofrecidas,
2. Rentabilidad del fondo de pensiones,
3. Inexistencia de una pensión mínima,
4. Poca trasparencia de las inversiones efectuadas por la administradora,
5. Comisiones cobradas,
6. Concentración oligopólica de pocas AFP en el mercado peruano.

Sobre el primer punto, las pensiones ofrecidas en promedio se encuentran un poco más por encima de las pensiones del sistema público. Vale decir que en veinte años operando el sistema no ha podido ofrecer pensiones más atractivas como las que su oferta inicial promovía. Los defensores de las AFP culpan a los propios trabajadores por no haber ahorrado lo suficiente en su cuenta individual y al gobierno por no dar más “facilidades” de inversión a las empresas administradoras.

Pero, la baja rentabilidad de los fondos de pensiones (negativos en algunos años) también se encuentra relacionado con la poca trasparencia de las inversiones efectuadas por las AFP; las que no buscarían maximizar la rentabilidad del fondo del trabajador, sino de las empresas del entorno de las propias AFP que recibirían liquidez financiera casi a costo cero (“dinero gratis”), empresas que si reportasen pérdidas, significaría pérdidas directas para el trabajador (ya que se trata de su dinero). Ese es uno de los puntos “débiles” del sistema: le puede ofrecer al trabajador una pensión de jubilación atractiva siempre y cuando las condiciones del entorno económico sean prósperas y el portafolio de inversiones sea rentable; pero en entornos recesivos o malas inversiones, el fondo ni siquiera se mantiene en términos positivos, sino que arroja pérdidas.

En otras palabras, la pensión del trabajador se encuentra en directa relación a cómo le vaya al mercado (nacional e internacional) y cómo las AFP han invertido su dinero.

Ese es un aspecto medular del sistema privado que no se discute en forma trasparente.

Se debe sumar a ese panorama poco trasparente, que en el sistema privado peruano no existe pensión mínima a favor del trabajador, como sí existe en el sistema chileno, por lo que hemos visto casos dramáticos de trabajadores con pensiones menores a los cien nuevos soles (algo así como 30 dólares americanos) mensuales. A lo que se debe sumar la “esperanza de vida” calculada a un trabajador que se va a jubilar: no recibe una pensión mayor, en vista que supuestamente va a vivir más de cien años, lo cual es un imposible en la vida real.

A ello se debe sumar las comisiones cobradas por las AFP. Paradójicamente en años anteriores, cuando el fondo arrojaba pérdidas para el trabajador, las AFP arrojaban como empresa, ganancias, dado que la comisión por “administrar el fondo” se le descontaba al trabajador, así genere pérdidas su fondo pensionario. Ello motivó que se implementase la reforma del año 2012 con respecto a las comisiones, pudiendo elegir el aportante entre comisión por saldo o por flujo.

El otro aspecto crucial del sistema privado es el oligopolio de empresas prestadoras. Actualmente son cuatro más una quinta (Habitat) que ingresó por concurso y la cual –por contrato con el estado- tendría la “cautividad” de los nuevos trabajadores que se incorporen a la actividad laboral. Cuando las empresas que prestan un servicio o venden un producto conforman un oligopolio, la competencia prácticamente no existe y generalmente las empresas oligopólicas tienden a “repartirse el mercado” o concertar precios.

Por ello y ante la vulnerabilidad que tiene el sistema privado por los vaivenes económicos del mundo y del país, se necesitaba que ingresen al sistema para reforzarlo los trabajadores independientes. En nuestro mercado laboral, los trabajadores formales son minoría. De esa minoría, aproximadamente solo la mitad aporta regularmente a un sistema de pensiones; la otra mitad o se encuentra desempleada o devino en informal. De allí la importancia cuantitativa de incorporar al sistema a los independientes.

Formalizar a los independientes, a fin que aporten a un sistema pensionario, no es mala idea, si tenemos en cuenta que de aquí a algunos años, cuando su fuerza laboral disminuya, esas personas requerirán una red de protección social. Pero, lamentablemente, ese reclutamiento “forzoso” se hizo en condiciones nada propicias. Creo que primero se debió discutir la reforma del sistema pensionario y de allí diseñar planes alternativos de jubilación para los trabajadores, sean dependientes o independientes. El reclutamiento de los independientes y los ingresantes a la vida activa laboral daba la impresión que obedecía más para favorecer a las AFP que al propio trabajador.

*****

A veinte años de creadas, las AFP “mueven” grandes capitales. Es un poder fáctico y bastante poderoso, por lo que los sucesivos gobiernos han tratado de mantener sus privilegios a cambio que les presten dinero vía bonos del tesoro público (las AFP son una de las principales compradoras de los bonos del estado). De allí que cualquier reforma profunda del sistema (la del 2012 fue bastante tímida) en las actuales condiciones es prácticamente imposible, dado que se requiere una gran voluntad política tanto del ejecutivo como del parlamento, lugares donde los lobies de las AFP están presentes a fin de mantener las cosas como están.

En Chile, por ejemplo, lugar donde nacieron, ya se produjo un amplio debate sobre los pobres resultados de las administradoras de pensiones y el gobierno tomó la decisión de crear una AFP estatal, en vista que por allá también presentaban problemas similares. Con ello, de cierta manera, vuelven al sistema público ante el poco éxito que el sistema privado ha tenido: por lo general los sectores con los ingresos más altos han sido los beneficiados, mientras que la gran base de la pirámide laboral no.

Creo que las condiciones son favorables para una reforma profunda del sistema pensionario en su conjunto, tanto el público como el privado. Hacerle “retoques” o maquillajes no resuelve los problemas de fondo. Quizás, como lo recomienda el Banco Mundial, una salida es un sistema mixto: público para todos y facultativo, con cuentas individuales, para aquellos que tengan expectativas de una mejor pensión. Algo así como tenemos en salud, donde no se rompe el principio de solidaridad y aquellos trabajadores que tienen convenios con clínicas privadas, el empleador sigue aportando a Essalud (el sistema público).

Otra salida, en una línea similar, es la propuesta de la Universidad del Pacífico: pensión no contributiva mínima en base a impuestos para todos los que se encuentren en edad de jubilarse y opciones de ahorro voluntario libre. Para ello deberían entrar al mercado peruano otras administradoras pensionarias que “mueven” grandes capitales y romper de esa forma el oligopolio imperante.

Asimismo, a nivel institucional, lo ideal sería que se cree un organismo regulador y fiscalizador autónomo y técnico, con estatus constitucional de ser posible, que sea el encargado de supervisar todo lo que es pensiones, tanto públicas como privadas. Actualmente la administración pensionaria se encuentra separada en distintos islotes que no ofrecen una solución integral al problema.

En igual sentido debe debatirse la ampliación de la edad para jubilarse. Por la esperanza de vida, una persona de 65 años (edad promedio de jubilación en casi todo Occidente) ya no es “vieja” como sucedía antaño, por lo que está en condiciones de ampliar su ciclo laboral. La decisión es polémica y ha encontrado fuertes resistencias de parte de los trabajadores organizados donde se ha querido implementar (fue el caso de Francia y Bélgica), pero algo se debe hacer; más tomando en cuenta que en los países con “población joven” como Perú, de acá a 40 años será todo lo contrario, un país con predominio de personas mayores de 60 años.

Lo otro sería dejar las cosas como están, con un panorama nada agradable para el trabajador promedio. O, peor aún (y espero no suceda), encontrarnos en poco tiempo con algún gobierno populista que –como ocurrió en Argentina- “expropie” los fondos privados de pensiones y pasen a la administración pública. Dicho sea de paso, es un rico botín y un “bocatto di cardinale” para todo gobierno con problemas de dinero y ánimo populista.

Por ello, la idea de un sistema mixto, donde se vuelva a repotenciar al sistema público con una administración eficiente y tecnocrática, acompañado de los “candados legales” adecuados, es una línea del debate que debe suscitarse en los próximos años y, por supuesto, de la necesaria decisión política. No vaya a ser que de aquí a un tiempo nos encontremos exigiendo la creación de una AFP estatal, lo que no solucionaría los problemas de fondo.


viernes, noviembre 13, 2015

¿CONSTITUCIÓN O POLÍTICA?: LA CATALUÑA EN DEBATE

Por: Eduardo Jiménez J.
        ejimenez2107@gmail.com
        ejj39@hotmail.com

       @ejj2107

Si bien parece se encuentran separadas, constitución y política cuentan con vasos comunicantes que les permite interactuar más allá de los tecnicismos legales.

Una constitución política, al final de cuentas, es el límite que se pone al poder y fijar unas reglas de juego en el actuar de las instituciones. Que a veces funciona y a veces no, es cierto también. Que muchas veces el poder fáctico se ha llevado de encuentro  a la ley de leyes, con derechos e instuciones incluidas, igualmente lo es.

Una constitución es una suerte de cristalización en el tiempo de una coyuntura determinada. Así, se buscaría “perpetuar” un hacer político más allá del calor en que nació. Todo constituyente y toda constitución aspira a la eternidad, ilusiòn que apunta a la prolongación en el tiempo del momento en que se promulgó.

El problema está cuando esa coyuntura cambia y los actores sociales son otros, que ni por asomo se sienten identificados con lo que establecía la carta en su momento auroral.

¿Qué debe prevalecer, la constitución o los nuevos hechos políticos?

El tema surge a colación del deseo de parte del pueblo catalán de querer independizarse de España. Los unionistas han recurrido al Tribunal Constitucional español, invocando la carta del 78 para cualquier intento de reforma, así como la no tan velada amenaza de la Comunidad Europea de no reconocerlos como nuevo estado.

En fin, el asunto por el lado de los unionistas va por la “leguleyeda” (valga la expresión), por los recursos judiciales que van a contrapelo de la autonomía. Como que un juicio pueda frenar los deseos de soberanía de un pueblo.

Olvidan que el pueblo es el soberano más allá de lo que se dijo o no se dijo en una ley cuarenta años atrás; y nadie, ni las personas, ni los pueblos, pueden estar unidos contra su voluntad.

Una constitución es apenas la foto de un momento dado. Los que apuestan por los escritos legales y otrosís digo olvidan que la realidad prima sobre la foto, quizás ya un tanto descolorida luego de muchos años y tanto ajetreo.  

Algo de eso está pasando en el debate español sobre la cataluña.

Los evasivos catalanes quieren irse de la unión ibérica y ningún texto legal o amenaza de exclusión los va a persuadir.

Quizás la mejor forma es que ellos decidan limpiamente en un referéndum, en una consulta ciudadana, como ya se hizo en otras democracias avanzadas. Allí está el caso de Escocia y el de Canadá, y para sorpresa de los unionistas, más bien ganó el “no”, la mayoría decidió quedarse en el viejo y criticado estado.

Es la forma más civilizada para que un pueblo elija su propio destino. Si gana el “sí” buen viaje y mejor destino, si gana el “no” bienvenido de vuelta a la unión; porque eso de que “te demando en el fuero para que te quedes” como que suena hasta medio ridículo. Que se sepa, ningún pueblo se ha quedado atado a otro por una acción judicial. Mejor déjenlos consultar libremente y nos atenemos a los resultados.