martes, julio 25, 2023

GASTO PÚBLICO Y CONSTITUCIÓN ECONÓMICA PARA DUMMIES

 

Eduardo Jiménez J.

ejimenez2107@gmail.com

@ejj2107

 

 Parte de la “leyenda negra” es que la constitución del 93 y en especial el capítulo económico impiden el bienestar y progreso de las regiones. Veamos.

 

El gasto público es la suma de bienes y servicios que compra el estado, y cuando decimos estado nos referimos a los tres niveles de gobierno (central, regional y municipal), mientras que la constitución económica (CE) es un conjunto de premisas elevadas a precepto constitucional (libertad de contratar, economía social de mercado, independencia del BCRP, etc.).

 

El gasto público del año 2022 anda bastante atrasado en diferentes regiones. Ancash (zona minera) está en alrededor del 70%, Arequipa cerca del 80%, Tumbes en 86% y así (info: https://apps5.mineco.gob.pe/transparencia/mensual/default.aspx?y=2022&ap=ActProy).

 

Con el proceso de regionalización la competencia y ejecución del gasto público corresponde a las regiones, igual que las municipalidades en los asuntos de su competencia, por lo que el atraso en la ejecución de las obras corresponde a las regiones mismas, no a la CE, la cual no prohíbe ninguna trasferencia de recursos hacia las regiones.

 

Pero no solo es “gastar el dinero” asignado, sino la calidad del gasto y la eficiencia del mismo en satisfacer necesidades de la población. No es lo mismo gastar el dinero en un monumento al camarón que en una escuela o un hospital.

 

Y otro tema que no se dice es la sobrevaloración de las obras y la mala calidad de las mismas. En los tres niveles de gobierno existe sobrevaloración de obras con las llamadas adendas. Ya vemos como en la Refinería de Talara, obra inicial de 200 millones de dólares, ya está por los 6,000 mil millones y la cuenta sigue subiendo. Y lo peor es que tendremos un elefante blanco cuando se culmine. No se diga de la microcorrupción en los gobiernos municipales, donde muchas obras son entregadas “a dedo”.

 

Por eso apreciado lector que no le vendan gato por liebre. La constitución económica no tiene nada que ver con el mal o ineficiente gasto público que acometen los tres niveles de gobierno. Que no le vendan cortinas de humo.

sábado, junio 24, 2023

ABUSO DE POSICIÓN DE DOMINIO PARA DUMMIES

Eduardo Jiménez J.

ejimenez2107@gmail.com

@ejj2107

 

Pongamos un ejemplo.

 

Supongamos que existe una empresa de zapatos que aprovechando que sus zapatos son los más vendidos en todo el país, sube sus precios, elimina a la competencia, impone precios a sus proveedores, bloquea la distribución de la competencia o compra sus empresas y controla mercados. No importa que existan otras empresas de calzado, pero esta (la mala de la película) aprovechando su situación dominante en el mercado se aprovecha y abusa de la misma.

 

Textualmente la norma (Dec Leg 1034) señala que se ejerce abuso de posición de dominio cuando “…un agente económico que ostenta posición dominante en el mercado relevante utiliza esta posición para restringir de manera indebida la competencia, obteniendo beneficios y perjudicando a competidores reales o potenciales, directos o indirectos, que no hubiera sido posible de no ostentar dicha posición”.

 

En otras palabras, te dice que si eres una empresa fuerte, gigante, pero que no abusas de tú fortaleza, normal, no pasa nada; pero si aprovechas de tú fuerza y poder ahí si te cae Indecopi. Algo así como esos chicos grandulones y fuertes con los que tuvimos que lidiar estando en la escuela. Si no abusas de tú superioridad y fuerza no hay problema; pero si te pasas de la raya allí sí agárrate, te acuso con el director.

 

No es necesario que sea un monopolio (una sola empresa dominante) como sucedía con la Constitución de 1979, sino que tenga un control, un dominio del mercado, y se aproveche del mismo.

 

La gente a veces tiende a confundir los términos. Puede ser que sea dominante en el mercado, como en el caso de las cervezas en Backus, pero eso no la hace abusar de su posición de dominio. El mercado chelero admite competidores que si Backus quisiera abusar de su posición le sería difícil controlar el mercado totalmente (bueno, lo controla en un 90% o poco más). Igual pasa con el mercado de la leche en tarro. Gloria tiene un 80% aprox del mercado, pero tiene competencia y hay posibilidad de elegir otras marcas distintas a Gloria.

 

La verdad, en la mayoría de los mercados hay competencia y es difícil que uno solo se posicione usando sus malas artes. Lo podrá hacer por un tiempo, pero no muy prolongado.

 

Qué mecanismos tenemos para controlar un eventual abuso de posición de dominio.

 

Básicamente dos. Un control ex ante y un control ex post. Los dos bajo la batuta de Indecopi.

 

En el primero, el control ex ante, de producirse una fusión de empresas que controlarían el mercado, debe pasar por un visto bueno por parte de Indecopi. El instituto regulador verá si es conveniente autorizar o no la fusión. Es lo que está pasando con el mercado de la distribución de energía eléctrica en la ciudad de Lima, donde quedaría a merced de dos empresas chinas que pertenecen … al estado chino.

 

El control ex post ve la situación posterior al hecho. El instituto regulador verificará que la empresa dominante no abuse de su posición de dominio y de abusar algunas “soluciones” son multa (que dicho sea son un saludo a la bandera), la división de la empresa, el tener distintos propietarios en la cadena productiva, incentivar el ingreso de nuevas empresas.

 

Esta última medida (el incentivar nuevas empresas) es bastante útil. Se demostró con la venida de nuevos operadores en telefonía cuando Movistar (ex Telefónica) tuvo el monopolio por algunos años de la telefonía fija y móvil, imponiendo precios y condiciones. El organismo regulador (Osinergmin) atrajo nuevos operadores, y la competencia benefició al consumidor.

 

No todas las posiciones de dominio devienen en abuso. Generalmente una empresa que tiene mucha competencia, por más que quiera no podrá aprovecharse (por lo menos no totalmente) de su posición de dominio. En otras ocasiones, sí.